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    Auto Supremo AS/0785/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0785/2015-RRC-L

    Fecha: 06-Nov-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 26 de abril de 2011, cursante de fs
    • a) Por Sentencia 33/2009 de 14 de diciembre (fs
    • Los recurrentes solicitan que ante la emisión de la doctrina legal aplicable a emitirse en
    • Por Auto Supremo 563/2015-RA-L de 16 de septiembre, este Tribunal declaró admisible el recurso de
    • II.1.Apelación restringida
    • Emitida la sentencia condenatoria en contra de los recurrentes, interpusieron recurso de apelación restringida, denunciando
    • II.2. Auto de Vista impugnado
    • En el presente recurso, los imputados Eduardo Fernández Castillo y Juana Herrera Vargas, denuncian que
    • III.1.Del precedente invocado en el recurso
    • “Esta Sala estima que el espíritu del Código de Procedimiento Penal y del sistema oral
    • Dicho principio persigue que el juicio se desarrolle en un lapso cerrado mediante un proceso
    • Que en ese razonamiento, el juicio oral, público y contradictorio desarrollado en el caso de
    • Así, no es concebible que la autoridad jurisdiccional ignore estos presupuestos y deje de ejercitar
    • III.2.Principio de continuidad en juicio oral, jurisprudencia y su modulación
    • Previamente al análisis del motivo planteado a través del presente recurso, cabe señalar que el
    • Entre los principios enunciados, se encuentra el de continuidad del juicio oral, conocido en la
    • Entonces, de los preceptos citados, se tiene que la regla general es la continuidad del
    • En consecuencia, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar que
    • Así tenemos el Auto Supremo 37 de 27 de enero de 2007, que sobre el
    • ‘Ahora bien, no obstante lo establecido en la legislación, la entonces Corte Suprema de Justicia,
    • Continuando en la misma línea, este Tribunal en aplicación de los principios de especificidad, trascendencia
    • Finalmente, como corolario de todo lo desarrollado, corresponde referirse al razonamiento expresado en el Auto
    • Por lo tanto, no sería correcto hacer una interpretación literal de la norma, y señalar
    • Asimismo, las partes no deben quedar en pasividad ante una transgresión de la norma debido
    • Bajo este marco, el referido AS 773/2014-RRC, concluye que: ‘…es obligación de los jueces y
    • Consiguientemente, tenemos que la jurisprudencia que antecede, se encuentra plenamente vigente; y en el marco
    • Por otra parte no puede soslayarse que, el art
    • Criterios normativos que si bien no son nuevos en la estructura normativa del Estado Boliviano,
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • También se evidencia que respecto a la sesión de 4 de marzo, no cursa la
    • Al respecto, como se tiene explicado precedentemente, el hecho de sobrepasar los diez días que
    • Actuar en sentido contrario; es decir, dar curso a la solicitud de nulidad del juicio
    • Por lo tanto, se establece que la decisión asumida por el Tribunal de apelación en
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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