Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0788/2015-RRC-L
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0788/2015-RRC-L

    Fecha: 06-Nov-2015

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memoriales presentados el 7 y 22 de junio de 2011, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del recurso de casación y Auto Supremo 579/2015-RA-L de 16 de septiembre (fs
    • Como único motivo, denuncian, que el Tribunal de alzada incurrió en inobservancia y falta de
    • Los recurrentes solicitan se admita se dicte una resolución fundada disponiendo la revocatoria en parte
    • Mediante Auto Supremo 579/2015-RA-L de 16 de septiembre, cursante de fs
    • II.1. Sentencia
    • Desarrollado el Juicio Oral, el Tribunal de Sentencia Tercero de la entonces Corte Superior del
    • II.2. Del recurso de Apelación Restringida
    • Notificadas las partes con tal determinación, Elías Huanto Mamani, José Luis Quintela Nuñez del Prado,
    • A dicha apelación responden, Elías Huanto Mamani, José Luis Quintela Nuñez del Prado, en representación
    • II.3. Del Auto de Vista
    • Radicados el recurso ante el Tribunal de Apelación, este emitió el Auto de Vista 78/2011
    • III.1.Del precedente contradictorio invocado
    • Con relación al único motivo del recurso de casación interpuesto por los recurrentes Elías Huanto
    • III.2. Consideraciones doctrinales y normativas
    • Este Tribunal en reiteradas oportunidades señaló que la Constitución Política del Estado (CPE), reconoce y
    • Es así, que en consideración a la exigencia contenida en la Constitución Política del Estado
    • Estos requisitos de la fundamentación o motivación, deben ser tomados en cuenta por el Tribunal
    • Lo anterior significa, que sólo se estará ante una falta de fundamentación o motivación cuando
    • Ahora bien, cuando se reclama falta de fundamentación de la valoración de la prueba debe
    • Así pues, ante la denuncia de falta de fundamentación de la errónea o falta de
    • Este entendimiento ha sido ampliamente desarrollado en el Auto Supremo 214 de 28 de marzo
    • Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
    • El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
    • Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
    • Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
    • Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
    • La denuncia de los recurrentes, en lo sustancial refiere que el Tribunal de alzada no
    • De la doctrina legal del presente contradictorio que fue glosada en el acápite III
    • Ante estos reclamos, el Tribunal de apelación, previa cita y glosa del Auto Supremo 525
    • De lo anterior se evidencia, que el Tribunal de alzada en el ámbito de los
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca