Auto Supremo AS/0788/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0788/2015-RRC-L

Fecha: 06-Nov-2015

III.2. Consideraciones doctrinales y normativas


De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que se limiten a transcribir los antecedentes procesales, los criterios del juzgador expuestos en la resolución en análisis, los fundamentos de las partes o a hacer una relación de normas legales sin que se ponga en evidencia el iter lógico, o camino del razonamiento, seguido por el juzgador a efecto de arribar a determinada conclusión, cumpliendo de esa manera con la previsión del artículo 124 del Código de Procedimiento Penal y asegurando la efectividad de una amplia gama de derechos constitucionales.”

III.2. Consideraciones doctrinales y normativas