a) Previa conversión de la acción, en mérito a la acusación particular presentada
I. DEL RECURSO DE CASACIÓN
I.1. Antecedentes
a) Previa conversión de la acción, en mérito a la acusación particular presentada por Armando Salvatierra Lorberg (fs. 362 a 363 vta.), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia 3/2010 de 26 de abril (fs. 432 a 435 vta.), por la que declaró a los imputados José Fernando Baya Ledezma y Karola Gonzalvez Rodríguez, absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Lesiones Leves y Tentativa de Homicidio, previstos y sancionados por los arts. 271 y 252 inc.3) con relación al art. 23 del CP, imponiendo al primero como medida de seguridad, el sometimiento a tratamiento psicológico, debiendo presentar un informe del profesional en el término de noventa días, además se le prohíbe tener contacto con el “imputado”, sin costas
- Por memorial presentado el 23 de marzo de 2011, cursante de fs
- a) Previa conversión de la acción, en mérito a la acusación particular presentada
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 605/2015-RA-L de 17
- El recurrente solicita se declare la admisión de su recurso y, en el fondo se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 605/2015-RA-L de 17 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Desarrollado el juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del
- iv) Ante ese hecho intervino el co-imputado como enamorado de la imputada para defenderla
- v) Las demás pruebas documentales no acreditan antecedentes penales en contra de los imputados
- ii) Vulneración del art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
- Con estos argumentos, declaró admisible y procedente el recurso de apelación restringida interpuesta por el
- III.1. Del precedente contradictorio invocado
- En forma previa a la identificación de la doctrina legal establecida en los precedentes y
- El recurrente a tiempo de formular los cuestionamientos al Auto de Vista, invocó como precedente
- El Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, fue emitido dentro de un
- Según Franz Von Liszt, ‘La pena es un mal que el juez penal inflige al
- En ese contexto, se evidencia que no existe una situación de hecho similar entre el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
