En forma previa a la identificación de la doctrina legal establecida en los precedentes y
En forma previa a la identificación de la doctrina legal establecida en los precedentes y de las situaciones de hecho que la generaron, es menester recordar que en materia penal, la procedencia, trámite y resolución del recurso de casación, se encuentran descritas en los arts. 416 a 420 del CPP, siendo procedente únicamente contra Autos de Vista que resuelven apelaciones restringidas, cuyos fundamentos y resolución sean contrarios a otros fallos emitidos con anterioridad sobre la misma temática, sea por el máximo Tribunal de justicia o por Tribunales homólogos; por lo que, impone como requisito para el recurrente, la obligación de invocar uno o más precedentes contradictorios emitidos en situaciones fácticas similares; invocación, que debe ir acompañada del respectivo análisis, el cual, partiendo de la situación similar entre ambos fallos, debe expresar de forma clara y concreta la forma en que el Tribunal contradijo al precedente; en ese sentido, el recurso de casación tiene carácter extraordinario, formal, y de naturaleza restrictiva, pues no constituye una instancia más para revisar el fondo del proceso o cuestiones de hecho; sino, tiene como función esencial la correcta aplicación e interpretación del derecho objetivo, para a partir del ello, cumplir con su labor uniformadora y creadora de jurisprudencia, cuyo carácter además es vinculante
- Por memorial presentado el 23 de marzo de 2011, cursante de fs
- a) Previa conversión de la acción, en mérito a la acusación particular presentada
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 605/2015-RA-L de 17
- El recurrente solicita se declare la admisión de su recurso y, en el fondo se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 605/2015-RA-L de 17 de septiembre, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- Desarrollado el juicio oral, el Juez Cuarto de Sentencia de la entonces Corte Superior del
- iv) Ante ese hecho intervino el co-imputado como enamorado de la imputada para defenderla
- v) Las demás pruebas documentales no acreditan antecedentes penales en contra de los imputados
- ii) Vulneración del art
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- Radicada la causa en la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Superior del Distrito
- Con estos argumentos, declaró admisible y procedente el recurso de apelación restringida interpuesta por el
- III.1. Del precedente contradictorio invocado
- En forma previa a la identificación de la doctrina legal establecida en los precedentes y
- El recurrente a tiempo de formular los cuestionamientos al Auto de Vista, invocó como precedente
- El Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005, fue emitido dentro de un
- Según Franz Von Liszt, ‘La pena es un mal que el juez penal inflige al
- En ese contexto, se evidencia que no existe una situación de hecho similar entre el
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
