El recurso de apelación restringida interpuesto por los imputados –ahora recurrentes-, fue resuelto por el
El recurso de apelación restringida interpuesto por los imputados –ahora recurrentes-, fue resuelto por el Auto de Vista ahora impugnado, que antes de ingresar a resolver los motivos acusados, realizó algunas consideraciones del tipo penal de Despojo, señalando que este delito se puede consumar mediante violencia, engaño o abuso de confianza, a diferencia del delito de Perturbación de Posesión, que se consuma sólo por violencia o amenazas; con esos argumentos, estableció que el Juez de Sentencia procedió en forma correcta, porque los aspectos legales establecidos en la doctrina legal aplicable para la consumación del delito de Despojo, se cumplieron en el caso de autos, señalando que si bien los imputados ingresaron al lote de terreno de propiedad del querellante de buena fe, el Tribunal de apelación concluyó, que ese aspecto legal no estaba en discusión, sino el hecho de haber despojado a una persona de la simple tenencia o posesión del inmueble, como también se demostró que el querellante obtuvo la orden de desapoderamiento de parte de un Juez, y hasta la fecha no se permitió el ingreso al terreno del querellante, concluyendo que en el caso de autos no se dilucidó ningún derecho propietario, sino la eyección sufrida que configuró en el tipo penal previsto en el art. 351 del CP, determinando que la Sentencia dictada en el caso de autos es correcta
- Por memorial presentado el 5 de abril de 2011, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Humberto Quezada Céspedes y Blanca Nieves
- II.1. De la Sentencia
- La Sentencia condenatoria emitida en la causa estableció los siguientes hechos probados: a) Antes del
- II.2. De la apelación restringida
- Los imputados formularon recurso de apelación restringida acusando entre otros motivos, la existencia de inobservancia
- II.3. Auto de Vista
- El recurso de apelación restringida interpuesto por los imputados –ahora recurrentes-, fue resuelto por el
- Formulado el recurso de casación, corresponde analizar y resolver el motivo admitido, conforme a los
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- El art
- En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
- Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
- De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
- Respecto a los precedentes, se tiene que el primer precedente, fue emitido dentro de
- El juicio oral, público y contradictorio conforme dispone el artículo 1 del Código de Procedimiento
- El Auto Supremo 342 de 28 de agosto de 2006, fue dictado dentro de una
- La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, fundada en el régimen republicano
- En virtud de éstas razones, la ley procesal consagra la exigencia de motivación de las
- La motivación, a la vez que un requisito formal, que en la sentencia no se
- La motivación debe ser expresa, clara, completa, legítima y lógica
- a) Expresa: Porque el juez, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: La exigencia comprende a todas las cuestiones fundamentales de la causa y a
- Esto no implica que los hechos secundarios queden excluidos; la obligación de motivar alcanza también
- La motivación, para ser completa, debe referirse al hecho y al derecho, valorando las pruebas
- d) Legítima: La legitimidad de la motivación se refiere tanto a la validez intrínseca de
- También, por supuesto, será ilegítima la motivación si se funda en prueba obtenida por un
- Al respecto, señala Maier: "
- e) Lógica: Finalmente se exige que la sentencia cumpla con las reglas de logicidad, de
- “El principio de legalidad o especificidad, señala, no hay nulidad sin texto (pas de
- El principio de Subsanación, que establece que no hay nulidad si el vicio alegado, no
- Todos estos principios (y otros que no fueron citados) orientadores de las nulidades, deben ser
- Respecto a los defectos absolutos, este Tribunal de justicia, en el Auto Supremo 021/2012-RRC
- Considerando los entendimientos jurisprudenciales glosados y revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que durante
- Por todo lo expresado en el presente acápite y ante la inexistencia de contradicción entre
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
