Auto Supremo AS/0829/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

b) Contra la referida Sentencia, Germán Julio Chuquimia Fernández, Teresa Aguilar Canaviri y Tatiana


I.DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1.Antecedentes

a) En mérito a la acusación fiscal (fs. 13 a 16 vta.) y particular presentada por Damián Ramos Lequipe y Manuela Luna de Churqui (fs. 41 a 43), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, pronunció la Sentencia 254/2010 de 21 de julio (fs. 1327 a 1332), por la que declaró a los imputados Sixto Cayetano Mamani Lopera, Germán Julio Chuquimia Fernández, Teresa Aguilar Canaviri, Jaqueline Pozo Velasco y Tatiana Alejandra Guzmán Medina, autores y responsables de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado por el art. 332 inc. 2) del CP, imponiendo a los tres primeros a la pena de cuatro años de reclusión y a las dos últimas a la sanción de cinco años de reclusión, más costas a favor del Estado y la parte querellante y resarcimiento del daño civil a calificarse en ejecución de Sentencia.

b) Contra la referida Sentencia, Germán Julio Chuquimia Fernández, Teresa Aguilar Canaviri y Tatiana Alejandra Guzmán Medina, interpusieron recurso de apelación restringida (fs. 1396 a 1399 vta., fs. 1429 a 1433 vta. y fs. 1441 a 1443 vta.), resueltos por Auto de Vista 143/2011 de 8 de febrero (fs. 1487 a 1491 vta.), emitido por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que declaró improcedentes los recursos de apelación restringida. Las solicitudes de complementación y enmienda (fs. 1494 y vta.; y, 1496 y vta.), fueron resueltas mediante Auto de 24 de marzo de 2011 (fs. 1495 y fs. 1498), motivando la interposición de los recursos de casación