Auto Supremo AS/0829/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0829/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

Luego de realizado el proceso de subsunción normativa y previa referencia a los arts


Por Sentencia 254/2010 de 21 de abril, el Tribunal Cuarto de Sentencia de El Alto, declaró autores a los imputados Sixto Cayetano Mamani Lopera, German Julio Chuquimia Fernández, Teresa Aguilar Canaviri y Tatiana Alejandra Guzmán Medina, por la comisión de delito de Robo Agravado, previsto en la sanción del art. 332 inc. 2) del CP; en la fundamentación fáctica estableció, que el 9 de diciembre del 2008, Manuela Luna de Churqui que portaba joyas, se encontraba en un acontecimiento social en la localidad de Laja, en el establecimiento denominado “Virgen de Concepción”, cuando se acercaron los acusados presentándose como familiares de la preste, trayendo consigo una caja de cerveza induciendo insistentemente a beber, al mismo tiempo que la coimputada Jackeline Pozo invitaba chicles masticables. Al terminar el evento y abandonar el local, Manuela Luna pierde el conocimiento y es rodeada por los acusados para prestarle auxilio, que al llegar a su casa la víctima se percata que no llevaba consigo sus joyas y de inmediato los familiares fueron en busca de los sospechosos que se encontraban en un local y con ayuda policial, fueron conducidos a dependencias de la Policía y en el transcurso de las averiguaciones se descubrió que Tatiana Guzmán, vendió las joyas consistentes en anillos y aretes a una joyería.

Luego de realizado el proceso de subsunción normativa y previa referencia a los arts. 37, 38 y 40 del CP, tomando en cuenta las circunstancias del delito y la personalidad de los acusados, respecto a las agravantes y atenuantes, dispuso la penalidad correspondiente a los imputados