Por lo expuesto termina peticionando al Máximo Tribunal de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia)
Por lo expuesto termina peticionando al Máximo Tribunal de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia) CASE el Auto de Vista, y deliberando en el fondo revoque la Resolución impugnada y confirme la Sentencia
- Partes: Mercedes Chávez Alvarado. c/ Elizabeth Norma Monzón Monroy
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- 2
- Por lo expuesto termina peticionando al Máximo Tribunal de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia)
- CONSIDERANDO III:
- 1
- En la usucapión, el elemento que juega un papel preponderante es la posesión, que sumado
- Ahondando sobre el elemento posesión, el art
- Sobre el tema el Auto Supremo Nº 281 de 29 de mayo de 2013 señaló:
- En la posesión, el poder material que se ejerce sobre el bien se sustenta
- Determinada la naturaleza de la posesión, es pertinente analizar los requisitos de ésta, a objeto
- Los requisitos que hacen a la posesión para fundar en ella la usucapión son que
- El requerimiento de posesión continua e ininterrumpida, concibe la idea de posesión material sucesiva y
- Por lo señalado podemos precisar que, la posesión, manifiesta con el corpus y animus, durante
- Luego del desarrollo realizado se procede al análisis de la infracción deducida en el recurso
- En el sub lite, respecto a la violación y aplicación indebida del art
- Sin embargo de antecedentes se tiene, que el lote de terreno objeto de la presente
- Por consiguiente, conforme previsiones contenidas en el art
- Por todas las consideraciones efectuadas, se concluye que el Ad quem ha realizado un adecuado
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs. 1.000. (Un Mil 00/100 Bolivianos)
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
