Auto Supremo AS/1022/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1022/2015

Fecha: 16-Nov-2015

Puntualiza que en el catálogo de las excepciones previstas en el art

Puntualiza que en el catálogo de las excepciones previstas en el art. 336 del Ordinario Civil, bajo aquel título falta de legitimación pasiva no existe, empero por los fundamentos expuestos se puede colegir que se trata de excepción de impersonería del demandado, en sentido de que CESSA como Persona Jurídica al no ser propietaria de la subestación de Tomina, no puede responder por los cargos de los daños y perjuicios