Auto Supremo AS/0879/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0879/2015

Fecha: 08-Dic-2015

Afirmó que la actividad de distribución o comercialización de aceite se encuentra demostrada por la

Afirmó que la actividad de distribución o comercialización de aceite se encuentra demostrada por la documental de fs. 6, 7, 9, 106 a 113, 118 a 120, 123 a 130, 133, 137, 140, 146 a 152, 154 a 173, 590 a 591 y 603 a 668, hecho que no negó la empresa demandada; sin embargo, la prueba documental presentada como descargo por la empresa, referida a contratos civiles (fs. 520 a 539), fue fabricada por ellos, así como las planillas salariales donde no se registraron los nombres de los trabajadores, sin considerar que las mismas planillas no se encontraban visadas por el Ministerio de Trabajo, conforme a la R.M. N° 448/2008 de 29 de julio de 2008