Auto Supremo AS/1103/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2015

Fecha: 03-Dic-2015

Por lo expuesto, dada la naturaleza anulatoria del Auto de Vista, este Tribunal se ve

En el caso de Autos, se advierte que el recurrente, al plantear de esa manera su recurso, no ha comprendido la determinación del Tribunal de Alzada, pues éste se ha referido específicamente a que la apelación carece de la fundamentación exigida por las normas legales citadas y obvia las características propias de un recurso de casación.
Por lo expuesto, dada la naturaleza anulatoria del Auto de Vista, este Tribunal se ve impedido de emitir criterio sobre aspectos que no han merecido pronunciamiento por parte del Ad quem, correspondiendo fallar en la forma prevista por los arts. 271 num. 1) en relación al art. 272 num. 2) del Código de Procedimiento Civil