El caso de autos se enmarca a lo normado en el art
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
El caso de autos se enmarca a lo normado en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil en relación a los antecedentes fácticos acontecidos en la litis, los mismos que se pasa a describir:
1.- El recurrente por memorial de fs. 20 y vta., de fecha 01 de diciembre de 2009 interpuso demanda de concurso necesario de acreedores, conforme lo norma el art. 568 del Adjetivo Civil, pidiendo que se acumulen los procesos ejecutivos pendientes, y se ordene la publicación de la demanda mediante edictos de prensa dirigiendo la presente demanda contra los posibles acreedores de la demandada (Sandra Beatriz Vargas Bruno)
El caso de autos se enmarca a lo normado en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil en relación a los antecedentes fácticos acontecidos en la litis, los mismos que se pasa a describir:
1.- El recurrente por memorial de fs. 20 y vta., de fecha 01 de diciembre de 2009 interpuso demanda de concurso necesario de acreedores, conforme lo norma el art. 568 del Adjetivo Civil, pidiendo que se acumulen los procesos ejecutivos pendientes, y se ordene la publicación de la demanda mediante edictos de prensa dirigiendo la presente demanda contra los posibles acreedores de la demandada (Sandra Beatriz Vargas Bruno)
- Partes: Daniel Gerardo Viscarra Guillen. c/ Sandra Beatriz Vargas Bruno
- Proceso: Concurso necesario de Acreedores
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I:
- CONSIDERANDO II:
- En base a lo indicado y conforme a la normativa legal vigente solicita que se
- El caso de autos se enmarca a lo normado en el art
- 2
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- Establecidos los antecedentes facticos, se debe tener presente que el art
- Situación que aconteció en el caso de autos, donde a la parte recurrente, se le
- Por lo indicado y por las razones expuestas este Tribunal concluye que no son fundados
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
