En el fondo
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo:
Señala que el Tribunal de Apelación nisiquiera tomó en cuenta la prueba documental y testifical presentada por su persona, razón por la cual refiere que este Tribunal Supremo de Justicia debe casar dicha Resolución, toda vez que los jueces de segunda instancia no hicieron el respectivo análisis de los puntos vertidos por su persona en el recurso de apelación limitándose a ratificar los puntos vertidos por el Juez A quo, pese a que en su recurso de apelación habrían expresado los agravios y las normas violadas por el A quo.
La recurrente transcribe los puntos que a su parecer no fueron considerados por el juez de primera instancia, los cuales estarían inmersos en su recurso de apelación, denunciando la vulneración de art. 90 del Código de Procedimiento Civil
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo:
Señala que el Tribunal de Apelación nisiquiera tomó en cuenta la prueba documental y testifical presentada por su persona, razón por la cual refiere que este Tribunal Supremo de Justicia debe casar dicha Resolución, toda vez que los jueces de segunda instancia no hicieron el respectivo análisis de los puntos vertidos por su persona en el recurso de apelación limitándose a ratificar los puntos vertidos por el Juez A quo, pese a que en su recurso de apelación habrían expresado los agravios y las normas violadas por el A quo.
La recurrente transcribe los puntos que a su parecer no fueron considerados por el juez de primera instancia, los cuales estarían inmersos en su recurso de apelación, denunciando la vulneración de art. 90 del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia y Auto Complementario, Antonia Espinoza Oña, interpuso Recurso de Apelación cursante
- En conocimiento de esta determinación de segunda instancia, la parte actora interpuso recurso de
- En el fondo
- Reiterando que pese a no haberse considerado los agravios expuestos en su recurso de apelación
- En la forma
- Por los fundamentos expuestos solicita que este Tribunal de Justicia case y/o anule obrados hasta
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El recurrente acusó que en el Auto de Vista no se hizo ninguna apreciación respecto
- De lo señalado, resulta lógico que el Tribunal de Alzada al igual que el Juez
- Otro aspecto que acusa es que el Tribunal de Alzada lo único que hizo fue
- Con relación a que el Tribunal de Alzada se limitó a considerar la excepción de
- Por lo manifestado, corresponde emitir Resolución conforme prevé los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
