Auto Supremo AS/1117/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1117/2015

Fecha: 04-Dic-2015

En el fondo

CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
En el fondo:
Señala que el Tribunal de Apelación nisiquiera tomó en cuenta la prueba documental y testifical presentada por su persona, razón por la cual refiere que este Tribunal Supremo de Justicia debe casar dicha Resolución, toda vez que los jueces de segunda instancia no hicieron el respectivo análisis de los puntos vertidos por su persona en el recurso de apelación limitándose a ratificar los puntos vertidos por el Juez A quo, pese a que en su recurso de apelación habrían expresado los agravios y las normas violadas por el A quo.
La recurrente transcribe los puntos que a su parecer no fueron considerados por el juez de primera instancia, los cuales estarían inmersos en su recurso de apelación, denunciando la vulneración de art. 90 del Código de Procedimiento Civil