En la forma
En la forma:
Denuncia que en el Auto de Vista recurrido no se hizo ningún tipo de apreciación de forma ni de fondo respecto a la prueba documental y testifical que demostraría el derecho propietario que tiene respecto al bien inmueble objeto de la litis, incurriendo en lo previsto en el art. 254 num. 4) del Código de Procedimiento Civil
Denuncia que en el Auto de Vista recurrido no se hizo ningún tipo de apreciación de forma ni de fondo respecto a la prueba documental y testifical que demostraría el derecho propietario que tiene respecto al bien inmueble objeto de la litis, incurriendo en lo previsto en el art. 254 num. 4) del Código de Procedimiento Civil
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra la referida Sentencia y Auto Complementario, Antonia Espinoza Oña, interpuso Recurso de Apelación cursante
- En conocimiento de esta determinación de segunda instancia, la parte actora interpuso recurso de
- En el fondo
- Reiterando que pese a no haberse considerado los agravios expuestos en su recurso de apelación
- En la forma
- Por los fundamentos expuestos solicita que este Tribunal de Justicia case y/o anule obrados hasta
- CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- El recurrente acusó que en el Auto de Vista no se hizo ninguna apreciación respecto
- De lo señalado, resulta lógico que el Tribunal de Alzada al igual que el Juez
- Otro aspecto que acusa es que el Tribunal de Alzada lo único que hizo fue
- Con relación a que el Tribunal de Alzada se limitó a considerar la excepción de
- Por lo manifestado, corresponde emitir Resolución conforme prevé los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
