Auto Supremo AS/1124/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1124/2015

Fecha: 07-Dic-2015

Una última conculcación –refieren- fuera lo referido a la legitimación activa para demandar, y que

Una última conculcación –refieren- fuera lo referido a la legitimación activa para demandar, y que respaldaría por el art. 551 del Código Civil, ratificada por el art. 193 del Código de Familia como “interesados legítimos” o de “terceros interesados”, y estarían habilitados por la declaratoria de herederos así como la inscripción de la declaratoria de herederos, por lo que también se habrían violado los arts. 551 y 1538 del Código Civil así como el 193 del Código de Familia