Auto Supremo AS/1170/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1170/2015

Fecha: 21-Dic-2015

Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de

Acusa que con relación a la tercería de dominio excluyente interpuesta por Adalberto Rodríguez Quiroga esta tercería solo es admisible sobre bienes inmueble o bienes sujetos a registro.
Refiere que respecto al ganado vacuno en la presente demanda solicito medidas precautorias urgentes porque denunció que se viene disponiendo y remarcando a su gusto el ganado que junto a su finado esposo adquirimos criaron y cuidaron y habiendo declarado probada su unión conyugal libreo o de hecho, todo el ganado que cuidaron durante 25 años nunca fue reclamado por Adalberto Rodríguez, existiendo muchos hechos contradictorios que deben reclamarse en proceso aparte. Sobre el mismo punto manifiesta que se ha presentado a fs. 157 documento que evidencia que Adalberto Rodríguez Quiroga ha recibido de su sobrina Clara Edith Rodríguez 145 cabezas de ganado , por lo tanto en base a que se declaró el derecho propietario de Adalberto Rodríguez sin que haya un documento que acredite su derecho propietario.
Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de las normas legales case el Auto de Vista