En la forma
Contra esta resolución de Alzada la demandante Marina Cortez Mojica Vda de Rodríguez interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo el cual se analiza:
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo expresando los siguientes agravios:
En la forma:
La recurrente denuncia que después del decreto de Autos no pueden presentarse nuevos documentos, sin embargo, fue presentada la tercería de dominio excluyente la misma que fue rechazada, sin embargo, sus probidades han valorado y dan probado el derecho propietario de Adalberto Rodríguez, sin que sea parte en el proceso es decir el Auto de Vista es incongruente.
Indica que el Auto de Vista recurrido carece de fundamentación porque existen hechos como las marcas de ganado R y RA si fueron remarcados o no, existiendo hechos a probarse sobre el derecho propietario de Adalberto Rodríguez indica que no es parte en el proceso
CONSIDERANDO II: DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
La recurrente interpuso recurso de casación en la forma y en el fondo expresando los siguientes agravios:
En la forma:
La recurrente denuncia que después del decreto de Autos no pueden presentarse nuevos documentos, sin embargo, fue presentada la tercería de dominio excluyente la misma que fue rechazada, sin embargo, sus probidades han valorado y dan probado el derecho propietario de Adalberto Rodríguez, sin que sea parte en el proceso es decir el Auto de Vista es incongruente.
Indica que el Auto de Vista recurrido carece de fundamentación porque existen hechos como las marcas de ganado R y RA si fueron remarcados o no, existiendo hechos a probarse sobre el derecho propietario de Adalberto Rodríguez indica que no es parte en el proceso
- y Clara Edith Rodríguez
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: Pando
- CONSIDERANDO I:
- Citados los demandados responden por separado solicitando se rechace la demanda porque la demandante no
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia 51/2014, de fecha 6 de
- Contra la referida Sentencia Julio Inca en representación de Raúl Ariel Rodríguez Morales, Clara Edith
- En la forma
- En el Fondo
- Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de
- CONSIDERANDO III:
- El art
- En el caso de Autos interesa referirse al Litis consorcio necesario (ya sea activo o
- De la concurrencia del Litis consorcio necesario, sea este activo o pasivo, depende para que
- En el caso de Autos la demandante Marina Cortez Mojica Vda
- Por todas las consideraciones realizadas, al amparo del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
