CONSIDERANDO I:
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Marina Cortez Mojica Vda. de Rodríguez, cursante de fs. 199 a 202 vta., impugnando el Auto de Vista Nº 8/2015 de fecha 12 de enero de 2015, pronunciado por la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso de división y partición de bienes, seguido a instancia de Marina Cortez Mojica Vda. de Rodríguez contra Raúl Ariel Rodríguez Morales y Clara Edith Rodríguez Morales, la respuesta de fs. 205 vta., la concesión de fs. 206, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
María Cortez Mojica demanda división y partición de bienes gananciales dentro de la unión conyugal libre o de hecho que hubiere con el extinto Raúl Rodríguez Quiroga argumentando haber convivido con él desde el año 1988 hasta el 10 de agosto de 2013, señala que existen bienes comunes como una vagoneta, 202 cabezas de ganado y una propiedad denominada Santa Clara., pide se declare probada la demanda y se disponga la división de bienes comunes
CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO:
María Cortez Mojica demanda división y partición de bienes gananciales dentro de la unión conyugal libre o de hecho que hubiere con el extinto Raúl Rodríguez Quiroga argumentando haber convivido con él desde el año 1988 hasta el 10 de agosto de 2013, señala que existen bienes comunes como una vagoneta, 202 cabezas de ganado y una propiedad denominada Santa Clara., pide se declare probada la demanda y se disponga la división de bienes comunes
- y Clara Edith Rodríguez
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: Pando
- CONSIDERANDO I:
- Citados los demandados responden por separado solicitando se rechace la demanda porque la demandante no
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia 51/2014, de fecha 6 de
- Contra la referida Sentencia Julio Inca en representación de Raúl Ariel Rodríguez Morales, Clara Edith
- En la forma
- En el Fondo
- Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de
- CONSIDERANDO III:
- El art
- En el caso de Autos interesa referirse al Litis consorcio necesario (ya sea activo o
- De la concurrencia del Litis consorcio necesario, sea este activo o pasivo, depende para que
- En el caso de Autos la demandante Marina Cortez Mojica Vda
- Por todas las consideraciones realizadas, al amparo del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
