En el caso de Autos la demandante Marina Cortez Mojica Vda
En el caso de Autos la demandante Marina Cortez Mojica Vda. de Rodríguez interpuso demanda de división y partición de bienes gananciales dentro de la fenecida unión conyugal libre o de hecho, demanda que la dirigió a los herederos de su esposo fallecido Raúl Ariel Rodríguez Morales y Clara Edith Rodriguez, citados ambos demandados, responden por separado y Clara Edith Rodríguez Morales interpuso excepción previa de incapacidad o impersonería de los demandados, indicando que no solo son los dos hermanos sino que son siete hermanos no pudiendo actuar por los otros cinco hermanos, sin embargo la mencionada excepción, fue rechazada por Auto de fecha 7 de marzo de 2014, cursante a fs. 43 de obrados por estar planteada fuera del plazo establecido en el art. 337 del Código Civil
- y Clara Edith Rodríguez
- Proceso: División y partición de bienes gananciales
- Distrito: Pando
- CONSIDERANDO I:
- Citados los demandados responden por separado solicitando se rechace la demanda porque la demandante no
- Tramitado el proceso el Juez de la causa pronunció Sentencia 51/2014, de fecha 6 de
- Contra la referida Sentencia Julio Inca en representación de Raúl Ariel Rodríguez Morales, Clara Edith
- En la forma
- En el Fondo
- Concluye su recurso solicitando a este Tribunal que en base a un correcta interpretación de
- CONSIDERANDO III:
- El art
- En el caso de Autos interesa referirse al Litis consorcio necesario (ya sea activo o
- De la concurrencia del Litis consorcio necesario, sea este activo o pasivo, depende para que
- En el caso de Autos la demandante Marina Cortez Mojica Vda
- Por todas las consideraciones realizadas, al amparo del art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
