Asimismo acusa error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, arguyendo
Asimismo acusa error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, arguyendo el caudal probatorio y el carácter apócrifo de los títulos del demandante, cuyo antecedente dominial se remonta al trámite agrario Nº 41369 que resulta ser un trámite agrario de dotación ubicado en la Provincia Avilés Cantón Calamuchita del Departamento de Tarija, por lo que se pretende hacer valer un inmueble que corresponde a otro departamento, habiéndose generado error de hecho en cuanto a las pruebas de fs. 206 a 207; también existe error de hecho en cuanto a la prueba de fs. 343 porque la misma refiere a la ubicación del Cantón Cotoca; argumenta que también existe error de hecho respecto a la declaración de la arquitecto Ximena Menacho Morales; reitera que su inmueble se encuentra al margen derecho de la carretera al Norte (Este), y conforme a la declaración de la testigo el inmueble rematado se encontraría al lado izquierdo de la carretera al Norte, por lo que solicita casar el Auto de Vista declarando improbada la demanda y probada la reconvención
- Proceso: Nulidad y cancelación de inscripción en Derechos Reales
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Describe la relación de los hechos respecto a la adquisición de su derecho de propiedad
- Asimismo refiere que su posesión tiene data de 10 años habiendo formulado reconvención por mejor
- Arguye que, al encontrarse en posesión del referido inmueble desde el mes de octubre de
- Asimismo reitera haber efectuado una posesión del inmueble por el lapso de más de 14
- Refiriendo vulneración del art
- Asimismo acusa error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, arguyendo
- Recurso de Valentín Arcadio Costas Taboas
- Refiere que el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo de Justica hubieran emitido fallos respecto
- Expone que demostró que Cinthya Forno Velasco inscribió con una fotocopia de minuta de transferencia
- Al margen de ello, se acumularon elementos probatorios como peritajes y testificales, se convocó al
- Refiere que los testigos eran trabajadores del padre de la demandada y que presentaron otro
- Refiere que adjuntó la documentación relativa al testimonio emitido por Derechos Reales el 13 de
- Refiere que la conducta de la demandada fue ilícita, para oponerse a su derecho de
- Por lo que solicita casar el Auto de Vista
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Uno de los argumentos –considerado el principal para este fallo- es la Sentencia de fs
- En ese entendido, también corresponde establecer qué es lo que se entiende por el interés
- La fórmula del art
- Convengamos entonces que la norma permite accionar la nulidad cuando el interesado ostenta un derecho
- Esto quiere decir que siendo la legitimación en la causa un presupuesto procesal para la
- Por otra parte en cuanto al fundamento, que para fallar sobre el mejor derecho de
- Por lo expuesto corresponde emitir Resolución en base a lo establecido en el art
- POR TANTO
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
