Consiguientemente, se establece que, el tribunal de alzada, al anular obrados, obró incorrectamente; por lo
Consiguientemente, se establece que, el tribunal de alzada, al anular obrados, obró incorrectamente; por lo que, al ser evidentes las infracciones acusadas, este Tribunal de casación, no puede dejar pasar desapercibida esta irregularidad que interesa al orden público (art. 90 CPC), correspondiendo resolver aplicando los arts. 271. 3), 275 y 252 del CPC, por mandato de las normas remisivas contenidas en los artículos 1 y 24 de La Ley del Procesamiento Coactivo Fiscal, aprobado por Decreto Ley Nº 14933 de 29 de septiembre de 1977 y elevada a rango de Ley por disposición del artículo 52 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la representante de la entidad demandante (fs
- Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Que, el art
- Que, la nulidad de obrados se halla regida por los principios de especificidad, convalidación, trascendencia
- Que, el principio de convalidación señala que, si los vicios procesales no fueron reclamados oportunamente,
- Por último, manifiesta que el “Auto Supremo N° 209 (sic)” estableció que, por el principio
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, dicte Auto Supremo casando el Auto de
- De la compulsa de antecedentes del proceso, las normas aplicables, corresponde resolverlo de acuerdo a
- Una vez notificada con la demanda el coactivado Daniel Quevedo Villagómez, mediante memorial de fs
- Toda vez que, el objeto del presente recurso de casación está centrado en desvirtuar la
- De lo anotado, concluimos que, el tribunal de alzada, al haber dispuesto la nulidad de
- Consiguientemente, se establece que, el tribunal de alzada, al anular obrados, obró incorrectamente; por lo
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- No siendo excusable el error cometido, se impone la multa de Bs
- Por Secretaría, cúmplase lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
