Auto Supremo AS/0053/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0053/2015-RA-L

Fecha: 04-Feb-2015

Respecto del segundo motivo, que las pruebas documentales producidas en juicio consistentes en Ordenanzas


Respecto del segundo motivo, que las pruebas documentales producidas en juicio consistentes en Ordenanzas y Resoluciones Municipales y las declaraciones de los testigos de cargo establecen la existencia de duda razonable, en mérito a que estas pruebas no son precisas, aspecto corroborado por la inspección realizada en el proceso, consecuentemente existe violación del art. 370 incs. 1), 5), 6) y 8) del Código de Procedimiento Penal (CPP). Asimismo, señala que respecto a la seguridad jurídica es preciso determinar que la acción penal ha prescrito por el transcurso de los plazos legales señalados en el Código de Procedimiento Penal, pues al ser de orden público su cumplimiento es obligatorio. Al punto no se tiene la invocación expresa de precedentes contradictorios sobre la problemática planteada, ya que en el otrosí primero de los recursos solo se realizó la enunciación de diferentes Autos Supremos, sin precisar cual la doctrina legal aplicable que haya sido vulnerada por el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista recurrido, denotando el incumplimiento de lo previsto en el segundo párrafo del art. 417 del Código de Procedimiento Penal