Auto Supremo AS/0073/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2015

Fecha: 27-Feb-2015

Por otra parte adujo que el tribunal ad quem, al confirmar la sentencia de primera

Por otra parte adujo que el tribunal ad quem, al confirmar la sentencia de primera instancia, emitió un fallo que no corresponde, teniendo en cuenta que no se puede hacer un pago de Bs.28.704,52.-, luego de haber destruido el instrumental de trabajo, de donde se evidencia que no se realizó una correcta interpretación de los alcances de las normas ni de las pruebas, toda vez que para establecer una relación laboral, deben existir los elementos formativos previstos por los arts. 1 y 2 de la LGT, DS Nº 23570 y DS Nº 28699, elementos que no concurrieron en el presente caso para establecer de manera clara y precisa una relación laboral, puesto que el actor, prestó servicios en otras instituciones, no asistiendo con la frecuencia necesaria al ICALP, conforme se deduce de las pruebas testificales de fs. 154 a 155, las que no fueron consideradas