Auto Supremo AS/0074/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0074/2015-RRC-L

Fecha: 24-Feb-2015

En mérito a las denuncias de fs


En mérito a las denuncias de fs. 1 y vta., y adhesión de fs. 174 y 175, la querella de fs. 181 a 182, se emitió el Auto Inicial de la Instrucción de 22 de noviembre de 1999 y como efecto del Auto Final de Procesamiento, se remitió el proceso para el plenario de la causa, que sustanciado concluyó con la Sentencia Nº 173/2008 de 2 de junio, a fs. 2055 a 2063, emitida por el Juez Primero de Sentencia y Partido de la ciudad de El Alto del Distrito Judicial de La Paz, que declaró a Abelardo Lijeron Añez y María Edith Rojas Manríquez, autores y culpables de la comisión de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, tipificados por los arts. 198, 199 y 203 todos del CP respectivamente, condenándolos a la pena de tres años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de Sentencia. Con relación a Jaime Ramiro Calvo Vargas, se lo declara culpable del delito de complicidad (sic) art. 23 CP en relación a los delitos de Falsedad Material art. 198 CP, Falsedad Ideológica art. 199 CP y Uso de Instrumento Falsificado art. 203 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia