Asimismo denuncia que, como efecto de los alcances de lo dispuesto en el art
Asimismo denuncia que, como efecto de los alcances de lo dispuesto en el art. 2 de la Resolución Ministerial Nº 498 de 07 de septiembre de 2005, inviabiliza la estimación de la documentación presentada en fecha 04 de julio de 2013 por el interesado, cursante a fs. 31; denuncia también que, por los fundamentos legales expuestos así como por lo previsto en el art. 1 de la Resolución Administrativa Nº 0774 de 20 de octubre de 1999 y el art. 1 de la RA Nº 618 de 06 de noviembre de 2001, expresa que no corresponde la certificación de los periodos 10 de abril de 1981 al 25 de noviembre de 1985, al considerar que el interesado no cuenta con el Estudio Matemático Actuarial de la Compañía Americana e Seguros y Reaseguros, como documento único válido para la certificación de aportes (fs. 20)
- Auto Supremo Nº 76/2015
- Expediente: SSA.II-LP.455/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, emitió la Resolución Nº
- Que en grado de apelación de fs
- Contra el auto de vista, el SENASIR a través de su representante Juan Edwin Mercado
- Asimismo denuncia que, como efecto de los alcances de lo dispuesto en el art
- De otro lado, aclara que el art
- También alega que, el art
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- Al respecto, el citado art
- En tal sentido, el DS Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, al prever
- Así, en el caso de análisis, se estableció que el reclamante René Ramiro Maidana Barrios,
- Pues los aportes que realizan los beneficiarios durante su etapa laboral, son esencialmente para que
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido, al haber fundamentado
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
