Auto Supremo AS/0103/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

4) Señala que respecto al reclamo sobre la inexistencia del hecho objeto del proceso penal,


4) Señala que respecto al reclamo sobre la inexistencia del hecho objeto del proceso penal, el reclamo es impertinente y extemporáneo, toda vez que conforme refiere el art. 416 del CPP, el recurso de casación está dirigido a los Autos de Vista, no a las Sentencias, que lo que se pretende es la revalorización de la Sentencia a través de fundamentos inoportunos