Auto Supremo AS/0103/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

ii) Por otra parte, denunció que la Sentencia señaló que la parte querellante produjo la


b) Alegó también la existencia de violación del art. 370 incs. 5) y 6) del CPP, toda vez que la Sentencia se basó en hechos inexistentes y en valoración defectuosa de la prueba, denunció al respecto que:

i) La Sentencia carece de fundamentación tal cual exige el art. 124 del CPP, toda vez que dicho fallo habría establecido que los acusados, Irene Ariñéz Benavides y Germán Eusebio Núñez Ariñéz, por problemas surgidos, ocasionaron destrozos en el inmueble, deschapando y destechándolo; que sin embargo, la Sentencia no explicó cómo fue que llegó a dicha conclusión, cuáles fueron los medios de prueba que usó para llegar a la convicción de que fueron los imputados los que provocaron dichos destrozos, más cuando los únicos medios de prueba que existían eran declaraciones de testigos, que únicamente señalaron que la acusadora, con lágrimas en los ojos señalaba que tenía problemas en su casa y que tenía miedo de irse sola; que correspondiendo la carga de la prueba a la parte acusadora (art. 6 del CPP), le correspondía a ésta, demostrar con prueba idónea que fue la acusada junto a su hijo la que causó los daños en el inmueble.

ii) Por otra parte, denunció que la Sentencia señaló que la parte querellante produjo la testifical de cargo de Marcelo Leonardo Villarroel Barrios, que dijo que escuchó amenazas de la madre y el hermano; la apelante al respecto señaló, que de la lectura del acta de audiencia de juicio oral, a fs. 99, ante la pregunta del abogado de la defensa, aclaró que en ningún momento dijo que escuchó amenazas; sino, que Susana Jaqueline Núñez Ariñez, hablaba con una persona y que tenía problemas familiares; al respecto, alegó que la Sentencia citó declaraciones que nunca se produjeron, vulnerando con ello el principio de seguridad jurídica de las partes, resultando evidente que se cambiaron las declaraciones de Marcelo Leonardo Villarroel Barrios