Auto Supremo AS/0103/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

Se evidencia también, que posteriormente, el juzgador estableció la “RELACIÓN DEL HECHO ATRIBUIDO” (sic), en


Se evidencia también, que posteriormente, el juzgador estableció la “RELACIÓN DEL HECHO ATRIBUIDO” (sic), en la que resumió la acusación; posteriormente, en los acápites relativos a las pruebas de las partes, nombró a los testigos, las literales y documentales ofrecidas por las partes; así, en el acápite “PRUEBAS OFRECIDAS POR LA PARTE IMPUTADA” (sic) tal cual fue trascrito en el apartado II de este fallo, se limitó a nombrar a los testigos con su respectivo número de cédula de identidad y literales con su descripción, entre las que se encontraban las signadas como “PD5” consistente en una copia de la declaración voluntaria de Juan Marcelo Valenzuela Núñez y la “PD6” relativa a la declaración voluntaria de Diana Cecilia Valenzuela Núñez, posteriormente, en un párrafo aparte, se verifica que procedió a citar varias otras pruebas, entre las cuales se encuentra la “PD7”, señaló al final la palabra “Retira”, sin dejar entender a qué se refirió con ello