Auto Supremo AS/0111/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0111/2015-RA

Fecha: 12-Feb-2015

Agregan, que la Resolución recurrida alegando que sus personas no hubieren reclamado este hecho de


Agregan, que la Resolución recurrida alegando que sus personas no hubieren reclamado este hecho de ilegalidad, concluyó que “no se evidencia vulneración al principio de continuidad”; sin embargo, manifiestan los recurrentes, que en las actas constan sus reclamos así como en su recurso de apelación, siendo atribución del superior en grado observar los defectos que se habrían denunciado, al efecto invocan como precedente el Auto Supremo 562 de 1 de octubre de 2004