Previa descripción del contenido del recurso de apelación restringida planteado por el Ministerio Público, asevera
I.1.1. Motivo del recurso
Del memorial de casación y el Auto Supremo 700/2014-RA de 1 de diciembre, se tiene como motivo a ser analizado:
Previa descripción del contenido del recurso de apelación restringida planteado por el Ministerio Público, asevera que dicho recurso no contiene la explicación de los alcances de los precedentes invocados, no fue debidamente fundamentado y no cumplió con los principios y esencia de “la impugnación a una sentencia”; empero, los miembros del Tribunal de alzada, admitieron el recurso modificando en el fondo el tipo penal e imponiéndole una sanción más alta, sin tomar en cuenta que el Juez de mérito es la autoridad que tiene la facultad privativa de calificar la conducta a un determinado tipo penal, en aplicación de los principios de contradicción y oportunidad, por lo que denuncia la vulneración del art. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP), añadiendo que el Auto de Vista recurrido fue más allá de lo invocado por la representante del Ministerio Público en la apelación, dado que ésta se limitó a fundamentar la errónea aplicación de la ley sustantiva sin establecer la contradicción de los dos precedentes contradictorios invocados en su memorial
- Por memorial presentado el 14 de octubre 2014, cursante de fs
- a) En mérito a la acusación pública (fs
- b) La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por la representante del Ministerio Público
- Previa descripción del contenido del recurso de apelación restringida planteado por el Ministerio Público, asevera
- La recurrente solicita, que a tiempo de dictar la doctrina legal aplicable a su caso
- Por Auto Supremo 700/2014-RA de 1 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el único punto
- II.1. Sentencia
- Por Sentencia 05/2014 de 10 de marzo (fs
- Los hechos probados en juicio oral establecieron que: i) El 14 de marzo de 2013,
- II.2. Apelación Restringida
- Contra la mencionada Sentencia, Marlene Taboada Párraga en representación del Ministerio Público, interpuso recurso de
- II.3. Auto de Vista impugnado
- La apelación restringida expuesta precedentemente fue resuelta por Auto de Vista 51/2014 de 11 de
- d) Conforme los argumentos expuestos precedentemente se habría establecido que la Juez incurrió en error
- El recurso de casación de Catalina Canaviri de Ortiz, admitido por precedente contradictorio, denuncia que
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por el art
- El art
- III.2. De los precedentes invocados
- “Que, conforme a la normativa legal vigente, la apelación restringida, por su naturaleza y finalidad,
- Consecuentemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la
- Respecto del precedente invocado se tiene que cuando
- “El recurso de apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o
- III.3. Análisis del caso concreto
- Al único motivo referido a que el Tribunal de alzada pese a que la apelación
- Al respecto se debe tener presente que el actual sistema procesal penal garantiza la no
- En efecto, la uniforme doctrina legal emitida por el Tribunal Supremo de Justicia estableció que,
- Se vulnera los derechos a la defensa y al debido proceso, reconocidos por el art
- Sin embargo, este Tribunal entiende que no siempre la modificación de la situación jurídica del
- En consecuencia, este Tribunal considera correcta la Resolución emitida por el Tribunal de alzada que
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
