Notificada la imputada Viviana Vela Sanabria con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida (fs
Notificada la imputada Viviana Vela Sanabria con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 228 a 239 vta., subsanada de fs. 264 a 271 vta.), que fue resuelto por Auto de Vista 4/2014 de 7 de febrero, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, que en aplicación del art. 413 del CPP declaró parcialmente procedente el recurso planteado, bajo los siguientes términos: 1) Anuló parcialmente la Sentencia, únicamente con relación al delito de Parricidio previsto por el art. 253 del CP; 2) Sancionó a la imputada con pena privativa de libertad de diez años por el delito de Robo Agravado, con costas daños y perjuicios en favor del Estado y la víctima; y, 3) Ordenó la inmediata remisión de obrados ante el Tribunal llamado por ley para el correspondiente juicio de reenvío, únicamente con relación al delito de Parricidio objeto de la nulidad parcial
- Por memorial presentado el 27 de agosto de 2014, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Viviana Vela Sanabria (fs
- Del recurso de casación y del Auto Supremo 636/2014-RA de 13 de noviembre, se extrajeron
- 2) También denuncia “INSUFICIENCIA DE LA FUNDAMENTACIÓN DEL AUTO DE VISTA” (sic), ya que al
- El recurrente solicita se admita y “case” el recurso, determinando se deje sin efecto el
- Mediante Auto Supremo 636/2014-RA de 13 de noviembre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
- II.2. De la apelación restringida y su Resolución
- Notificada la imputada Viviana Vela Sanabria con la Sentencia, interpuso recurso de apelación restringida (fs
- II.3. Del recurso de casación y Auto Supremo
- Notificada con el referido Auto de Vista, la imputada interpuso recurso de casación (fs
- Los argumentos de este fallo serán extractados a tiempo de realizar el análisis del caso
- III.1. De los precedentes contradictorios invocados
- La referida doctrina fue establecida al evidenciarse que el Auto de Vista, no estuvo enmarcado
- Respecto al segundo motivo, el recurrente invocó el Auto Supremo 166/2012-RRC de 20 de julio,
- En estrecha relación con este principio, se tiene al principio de preclusión (art
- Estos derechos reconocidos a las partes quedan vulnerados
- III.2. Análisis del caso en concreto
- Con relación al recurso de casación interpuesto por el recurrente, considerando que los motivos primero
- Ahora bien, a los fines de la resolución del presente motivo, es preciso referir con
- Razonamientos que a la postre constituyen base para emitir doctrina legal aplicable, y que tiene
- En ese entendido, conforme se precisa en los antecedentes procesales vinculados al recurso, en el
- Ingresando al análisis del recurso planteado, de la revisión del Auto de Vista recurrido (fs
- Continuando con el análisis del fundamento del Auto de Vista, el Tribunal de apelación señaló
- Consecuentemente del análisis del Auto de Vista impugnado, se advierte que contiene una fundamentación concisa
- Sin perjuicio de lo precedente, en atención a los bienes jurídicos presuntamente lesionados se exhorta
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
