Auto Supremo AS/0151/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015-RRC

Fecha: 27-Feb-2015

b) “…al haberse demostrado la supuesta comisión de los delitos acusados, con esa acción han


b) “…al haberse demostrado la supuesta comisión de los delitos acusados, con esa acción han desplegado y eyeccionado la pacífica posesión de la parte querellante, el hecho de ejercer un derecho real constituido sobre el inmueble que no requiere necesariamente la presencia física del propietario o detentador en el lote de terreno, con esa acción ilegal han incurrido en los delitos previstos por los Arts. 351, 353 y 357 del Código Penal; es decir que no es necesario que el querellante o víctima se encuentre en posesión física del inmueble, bastando simplemente encontrarse ejerciendo un derecho real constituido sobre él, como sucede en el presente caso; y por el contrario, el acusado ha admitido que ingresó al lote de terreno en la creencia de que tenía derecho a la posesión del mismo; por lo que el Juez inferior al hacer una errada interpretación de los Arts. 351, 353 y 357 del Código Penal, ha incurrido en los defectos previstos por el Art. 370 incs. 1 y 6) del Código de Procedimiento Penal, defectos de la sentencia que constituyen suficientes motivos para anular la sentencia en su totalidad, ya que se hace necesario que otro Juez de Sentencia dilucide el litigio” (sic)