2
2.- Respecto a las Resoluciones Sancionatoria que se hallan contenido dentro de la dación de pago ofertada, el auto de vista recurrido únicamente arguye que la sentencia tendría un contenido ultra petita, toda vez que el inferior falló fuera de lo pedido y demandado por las partes, que la sentencia apelada contenga decisiones ultra petita, no es evidente, pues la juez ha ceñido su decisión en lo establecido por los arts. 115 y 120 de la Constitución Política del Estado, y art. 1 y 192.3) del Código de Procedimiento Civil, habida cuenta que en la demanda se solicitó la reducción de sanciones en virtud, “siendo dación en pago una forma de extinción de la obligación tributaria asimilable al pago, los títulos de ejecución que dieron lugar a las Resoluciones Sancionatorias citadas se consideraran pagadas y, en concordancia, las sanciones emergentes de ellos deben ser reducidas conforme a ley.” A mayor abundamiento, debemos dejar establecido que el art. 156 del Código Tributario, reconoce a favor del contribuyente un régimen de reducción de sanciones, cuando el mismo cancela la obligación tributaria antes de diferentes actuaciones de la Administración Tributaria; en este caso la solicitud de dación de pago realizada conforme a la Resolución Normativa de Directorio Nº 10-0034-06 de fecha 16 de noviembre de 2006
- Auto Supremo Nº 34/2015-L
- Expediente: LP.111/2011
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Segundo de Partido Administrativo, coactivo,
- Segundo
- Tercero
- Esta decisión propició que la entidad demandada formule recurso de alzada cursante a fs
- Contra esta determinación la empresa demandante, recurre de casación en el fondo y en la
- La disposición del art
- 2
- 2.- Por otro lado en el auto de vista es incongruente por dos razones fundamentales
- Concluye solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, se sirva casar o alternativamente anular el
- CONSIDERANDO II: Que con carácter previo y antes de considerar los fundamentos del recurso planteado,
- Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
- En efecto, el Diccionario de la Lengua Española asigna a la palabra motivación la "acción
- Esto implica que todo administrador de justicia a momento de resolver una controversia sometida a
- La motivación de las resoluciones judiciales entraña en el fondo, una necesaria argumentación y ésta
- El incumplimiento de las exigencias expuestas ameritan que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
- A su vez, el art
- En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de
- A lo expuesto, se debe agregar que la resolución de vista tampoco es exhaustiva en
- En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, exhaustividad, falta de motivación y
- En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde resolver
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se impone multa de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
