Auto Supremo AS/0034/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2015-L

Fecha: 23-Mar-2015

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Segundo de Partido Administrativo, coactivo,

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y la forma deducido por Oscar Gustavo Navarro Apaza representante legal de la Empresa Constructora “CONCORDIA” S.A. de fs. 812 a 815, contra el Auto de Vista 020/2011 de 22 de febrero, dictado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, de fs. 781 a 782, dentro del proceso contencioso tributario, que se tramita en liquidación instaurado por la empresa recurrente contra Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz, del Servicio de Impuestos Nacionales “GRACO”, representada legalmente por Edgar Abraham Altamirano Celis, la respuesta de fs. 819 a 828, el auto de fs. 830, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso contencioso tributario, la Juez Segundo de Partido Administrativo, coactivo, fiscal y Tributario de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 07/2009 de 6 de junio (fs. 726 a 737), declarando probada en parte la demanda de fs. 91 a 92, por el Ing. Freddy Barea Vargas, en representación de la Empresa Constructora Concordia S.A., disponiéndose:
Primero.- Se dejan nulas y sin efecto legal las resoluciones Sancionatorias Nº 15-122-07 de 16 de mayo de 2007 y Nº 15-143-07 de 16 de mayo de 2007, por haberse operado el arrepentimiento eficaz, toda vez que la empresa contribuyente ha cancelado la totalidad de la deuda tributaria antes de existir una actuación de la Administración Tributaria