Auto Supremo AS/0076/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2015-RRC-L

Fecha: 03-Mar-2015

Precisados los precedentes invocados, en el caso en análisis se denuncia que el Auto de


III.2. Análisis del caso Concreto

Precisados los precedentes invocados, en el caso en análisis se denuncia que el Auto de Vista desestimó la fundamentación de la Sentencia y no consideró que el Juez a quo individualizó al autor y generó la convicción sobre la responsabilidad de la acusada determinando que existió la comisión del delito de Abuso de Confianza, no siendo evidente que la sentencia hubiera infringido el art. 124 del CPP. Revisando los argumentos en que basó su decisión el Tribunal de alzada, se evidencia que entre sus fundamentos centrales señaló que la Sentencia no estableció ni señaló cuál fue el daño o perjuicio ocasionado con la vulneración de la confianza aludida, aspecto que en criterio del Tribunal de Alzada constituye un elemento indispensable para la comisión del delito de abuso de confianza, sosteniendo la insuficiencia de fundamentación fáctica y jurídica de la sentencia, razonamiento que en lugar de ser contradictorio con el precedente invocado resulta ser concurrente, porque tanto en el Auto de Vista como en el precedente se establece que debe existir daño o perjuicio en los bienes o, retener como dueño lo que se hubiere recibido a título posesorio, aspecto que no se demostró en la Sentencia de manera concluyente toda vez que de manera confusa se limitó a señalar: “… las relaciones acordadas impone entender la existencia de Abuso de Confianza de parte de la empleada y sindicada MONICA HELEN QUIROGA. Más aún que el informe pericial de descargo judicializada corrientes a fs. 45 al 54 concretamente fs. 48, se indica y reclama limitaciones y dificultades al examen pericial de descargo a fs. 52. se reconoce la responsabilidad de la sindicada, puntualizando la diferencia determinada por su pericia en relación a lo determinado por la consultora Acevedo y Asociados, lo que motiva que el trabajo es incompleto, sobre pruebas ilegales “(sic), de cuya argumentación no es posible comprender la determinación del daño o perjuicio ocasionado y que hubiere sido evidenciado por el Tribunal de Sentencia a partir de las pruebas que fueron judicializadas, teniendo en cuenta que el daño o perjuicio obedece a la consideración de las particularidades de cada caso en concreto