Auto Supremo AS/0081/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0081/2015

Fecha: 23-Mar-2015

CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de

Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 285 a 286, interpuesto por la empresa Ingenio Azucarero Guabirá S.A., representado por Rudiger Trepp del Carpio, impugnando el Auto de Vista Nº 306 de 22 de junio de 2012 fs. 280 a 282, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Carlos Edgar Arancibia Rojas contra la empresa recurrente, la respuesta de fs. 289, el auto de fs. 290 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Montero, del Distrito Judicial de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 23 de 28 de diciembre de 2011 de fs. 245 a 248, declarando probada en parte la demanda de fs. 25 a 27 e improbada la excepción perentoria de pago, disponiendo que la empresa demandada Ingenio Azucarero Guabirá S.A., representada por Rudiger Trepp del Carpio, pague a favor del demandante, dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia, la suma de Bs.137.009,65.-, por concepto de beneficios sociales, de acuerdo al de acuerdo a la liquidación contenida en la parte dispositiva. A solicitud del actor por auto de fs. 256, se complementó la sentencia, disponiendo se aplique el DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006