Auto Supremo AS/0085/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0085/2015

Fecha: 23-Mar-2015

Finalmente, corresponde dilucidar la supuesta nulidad referida a la infracción del art

Finalmente, corresponde dilucidar la supuesta nulidad referida a la infracción del art. 267 del Código de Procedimiento Civil; en tal sentido, revisados los antecedentes que cursan en obrados, se advierte que no existe mérito para determinar la pretendida nulidad por la presunta alteración del orden cronológico de la resolución de vista, tomando en cuenta para ello, la fecha de ingreso, pues el art. 267 del adjetivo civil, establece que la distribución de causas y tablilla se efectúa mediante sorteo, ciñéndose estrictamente a la fecha de ingreso, distribución que se hará pública en secretaría de cada sala