Del mismo modo acusa la falta de fundamentación de la resolución recurrida respecto a la
Recurso de casación en la forma:
Del mismo modo acusa la falta de fundamentación de la resolución recurrida respecto a la segunda pretensión de pago de daños y perjuicios, pese a haber sido probada, omisión que fue objeto de solicitud de complementación y/o enmienda por la parte contraria al reconocer la existencia del depósito judicial de los $us. 20.000 ante el juzgado que tramita la causa, omisión inmersa en lo previsto por el art. 254 núm. 4) del Adjetivo Civil
Del mismo modo acusa la falta de fundamentación de la resolución recurrida respecto a la segunda pretensión de pago de daños y perjuicios, pese a haber sido probada, omisión que fue objeto de solicitud de complementación y/o enmienda por la parte contraria al reconocer la existencia del depósito judicial de los $us. 20.000 ante el juzgado que tramita la causa, omisión inmersa en lo previsto por el art. 254 núm. 4) del Adjetivo Civil
- Proceso: Resolución de contrato de anticrético y pago de daños y perjuicios
- Distrito: Santa Cruz
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de primera instancia que es recurrida de apelación por ambas partes, mediante memoriales de
- Resolución que dio lugar a que ambas partes recurran de casación conforme se advierte a
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Del mismo modo acusa la falta de fundamentación de la resolución recurrida respecto a la
- CONSIDERANDO III:
- De este razonamiento podemos concluir que la improponibilidad puede ser objetiva: cuando el juicio se
- Dentro del marco de lo expuesto precedentemente y de la revisión de obrados, se tiene
- Ahora bien, conforme los antecedentes y siendo que la controversia emerge del contrato de anticresis
- Bajo las consideraciones y los hechos expuestos por el demandante, se establece que los mismos
- De igual modo resulta improponible la demanda reconvencional (ratificación y vigencia del anticrético y resarcimiento
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- En aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
