Auto Supremo AS/0160/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Jaime Aguirre Laime interpone recurso de casación en el fondo

En apelación, la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº 51/2013 de 25 de febrero de 2013, confirmó en parte la Sentencia 80/2008 declarando improbada la demanda de usucapión incoada por Jaime Aguirre Laime y revoca en cuanto a la tercería de dominio excluyente interpuesta por Reyna Olinda Rojas Palacios declarándola improbada. En aplicación del art. 237par I) inc. 3) del Código de Procedimiento Civil, Sin costas; y declara improbada la tercería planteada en segunda instancia por Jesús Manuel Camacho Méndez resolución contra la cual la parte demandante recurre de casación en el fondo.

CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:
Jaime Aguirre Laime interpone recurso de casación en el fondo:
Acusa que la prueba presentada en el proceso de usucapión por el demandante no fue introducida dentro del plazo de cinco días, argumenta que el demandado luego que el Juez fijo los puntos de hecho a probar estos fueron objetados por el demandante, objeción que rechaza la Juez por Auto de fs. 151 de fecha 2 de marzo de 2007, presentando el demandante recurso de apelación en contra de la referida resolución, abandonando luego la apelación y presentando los medios probatorios después de diecinueve días de haber sido notificado con la resolución No 458/2006 es decir, en forma completamente irregular y extemporánea, violándose de esta forma el principio de preclusión