Auto Supremo AS/0160/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Por lo expuesto, al no ser ciertas ni evidentes las impugnaciones traídas a este

En la especie, el recurso se limitó a apreciaciones subjetivas sobre la prueba, la misma que hubiese sido interpuesta fuera de plazo, sin existir observación alguna por las partes dentro del proceso, ni ser objeto de impugnaciones en instancias inferiores, finalmente existiendo contradicción en su petitorio final, siendo oscuro, incoherente e inentendible el mismo
Por lo expuesto, al no ser ciertas ni evidentes las impugnaciones traídas a este Tribunal corresponde por ello fallar en la forma prevista por el art. 271 num. 2) del Código de Procedimiento Civil