Auto Supremo AS/0160/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0160/2015

Fecha: 10-Mar-2015

Acusa también que la Juez de la causa hubiera basado su decisión en esa prueba

Acusa también que la Juez de la causa hubiera basado su decisión en esa prueba presentada por el demandado, la misma que fuera totalmente nula, hecho que vicia de nulidad la sentencia. Argumenta que el Estado garantiza el debido proceso y la seguridad jurídica y concretamente en el caso de Autos se ha violado el principio de preclusión que establece que los plazos legales y judiciales son perentorios e improrrogables y el art. 379 del Código de Procedimiento civil que establece en forma taxativa que las pruebas se propondrán por escrito dentro de los cinco primeros días de la notificación con el auto de fijare los hechos a demostrarse y estas normas son de orden público y cumplimiento obligatorio, no solo para partes que intervienen en el proceso sino también para la autoridad jurisdiccional