Auto Supremo AS/0208/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2015-RRC

Fecha: 27-Mar-2015

Analizados los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista impugnado en su


Analizados los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista impugnado en su segundo considerando, con carácter previo a la resolución de apelación restringida, se pronunció respecto a la apelación incidental interpuesta por la recurrente, conforme se señaló en el acápite II. 4 de la presente resolución para luego pronunciarse respecto a los motivos alegados en la apelación restringida con relación a la sentencia pronunciada en la causa; en cambio en el precedente contradictorio invocado la Corte Suprema anuló el Auto de Vista impugnado, porque el Tribunal de apelación no resolvió la apelación incidental, es decir, que la situación de hecho resuelta por el precedente, no es similar a la que funda el presente motivo, razón por lo cual no se advierte contradicción entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado por la recurrente como contradictorio, al constatar que el Auto de Vista recurrido resuelve ambos recursos de apelación, por lo que el primer motivo del recurso de casación formulado por el imputado deviene en infundado