Auto Supremo AS/0208/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2015-RRC

Fecha: 27-Mar-2015

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art


En el caso de Auto se observa que, efectivamente el Auto de Vista recurrido en la parte resolutiva determinó confirmar en todas sus partes la Sentencia impugnada; sin embargo, no se observa contradicción alguna en que hubiera incurrido la misma, más al contrario toda la parte considerativa es coherente con la parte resolutiva, siendo intrascendente una posible anulación del proceso por este motivo; en consecuencia, al no observarse contradicción entre el precedente invocado y la resolución recurrida de casación, se determina que este motivo deviene también en infundado.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Luciana Barrientos Pérez, cursante de fs. 927 a 930 vta