Auto Supremo AS/0038/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0038/2015-L

Fecha: 02-Abr-2015

Al respecto, no habiendo recurrido de apelación la institución demandada, no se encuentra legitimada para

Al respecto, no habiendo recurrido de apelación la institución demandada, no se encuentra legitimada para interponer recurso de casación, en virtud al art. 262.2) del Código de Procedimiento Civil, por esta razón correspondía al tribunal ad quem negar la concesión del recurso de casación y declarar ejecutoriado el auto de vista con relación a esta entidad