Auto Supremo AS/0067/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2015-L

Fecha: 22-Abr-2015

Asimismo reitera mala apreciación de las pruebas al no tomar en cuenta que el actor

Asimismo reitera mala apreciación de las pruebas al no tomar en cuenta que el actor confesó voluntariamente que fue contratado por el maestro de la obra Vicente Mamani como ayudante para levantar una muralla de construcción en el terreno del demandado, lo que significa que al reconocer y confesar este hecho se evidencia que nunca hubo relación contractual laboral con el recurrente, pues al concluir el trabajo se consintió que el actor dejara sus objetos de trabajo en el terreno en calidad de depósito, lo que equivale a un acuerdo estrictamente civil, que fue probado plenamente mediante el acta de acuerdo conciliatorio CAJ-C/026/07 suscrito en el Centro de Acceso a la Justicia “Max Paredes” que en su cláusula segunda señala que el demandante dejo sus pertenencias (tablones de madera, partes de vigas, listones, retazos de fierros de construcción y un mueble (ropero)) en calidad de depósito, por lo que dicho acuerdo conciliatorio tiene todo el valor que le otorga la ley; que de igual manera al no valorarse las pruebas consistentes en contratos de alquiler de fs. 25, 245, 251 a 256, así como las declaraciones testificales de descargo, que demostraron de manera precisa que dentro del bien inmueble no había persona alguna que sea portero o cuidador, evidenciándose de esta forma que no existió relación laboral con el demandante sino más bien una relación contractual civil por depósito oneroso con todos sus elementos constitutivos y efectos según en el acta de fs. 2 a 4