Auto Supremo AS/0071/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0071/2015-L

Fecha: 22-Abr-2015

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2.- Acusó también que, conforme cursa a fs. 3 la primera citación emitida por el Ministerio de Trabajo, la misma es de 25 de noviembre de 2008 dirigida a su persona y a Wilma Yugar en representación del Max Inn con el objeto de que se responda a la demanda señalando como su dirección la zona de San Pedro Plaza Mariscal Sucre, hecho que sorprende pues desde abril de 2008 el recurrente vendió el Hotel Max Inn que está ubicado en esta zona, haciéndole citar en un domicilio que ya no le correspondería provocando que no asista a la audiencia de conciliación promovida por el Ministerio de Trabajo, ocurriendo lo mismo con la segunda citación y conminatoria a la que no asistió por desconocer las mismas, cuando la demandante conocía que su domicilio era en Santa Cruz, asimismo no hizo conocer esta situación que provoca un vicio en el procedimiento cuyo daño es la violación al derecho a la defensa, al que no se hizo motivación alguna en el auto de vista