Auto Supremo AS/0089/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2015

Fecha: 02-Abr-2015

Al respecto, de la revisión de antecedentes se evidencia que, los coactivados Fernando Delgadillo Montaño

Al respecto, de la revisión de antecedentes se evidencia que, los coactivados Fernando Delgadillo Montaño y José Luis Orellana Revollo, ocupaban los cargos de Director de obras públicas y Jefe de Obras Públicas, respectivamente, en el municipio de Sacaba y que como consecuencia de la construcción de la Unidad Educativa Max Fernández Rojas, que fue adjudicada a la Empresa Constructora Independencia, la Contraloría General del Estado, según los informes de auditoría Nº GC/EP07 R2 y GC/EO07/001 C2, emitió Dictamen de Responsabilidad Civil Nº CGR/DRC-005/2007 en la suma de Bs.60.956.-, por daño económico al Estado, como resultado de pagos en demasía por informes y planillas de avance en la construcción de la mencionada obra, que fue tipificada como pérdida de activos y bienes del Estado por negligencia, irresponsabilidad de los empleados y disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado, de conformidad a lo establecido en los en los incs. h) e i) del art. 77 de la Ley del Sistema de Control Fiscal, contra los coactivados recurrentes y la Empresa Constructora Independencia Ltda