Auto Supremo AS/0089/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0089/2015

Fecha: 02-Abr-2015

Por otro lado, señala que en sentencia, se concluyó que Fernando Delgadillo Montaño, habría presentado

Por otro lado, señala que en sentencia, se concluyó que Fernando Delgadillo Montaño, habría presentado en calidad de descargo a la Contraloría, un cuadro de conciliación, correspondiente a la evaluación técnica sobre los descargos al informe Nº GC/EP07/001 R2, de auditoría especial, sobre la construcción de la escuela Max Fernández, ejecutada por la empresa Constructora Independencia Ltda.; informe Nº ODD/06 R2/EP07/001-C2, el que en principio se observa que los técnicos de la CGR, habrían consignado distintas fechas para identificar el origen de dicho documento, pues el título refiere “planilla definitiva de conciliación 02-06-2002; afirmación que de manera errada es ratificada por el auto de vista, por cuanto no se compulsaron los argumentos contenidos en el informe técnico Nº 133/2009 de 4/12/2009 el cual señala que, en base a una nueva documentación que no ha tenido ninguna observación por parte de la entidad demandante, se determina que la empresa constructora ECI Ltda., debe cancelar a la municipalidad de Sacaba, el monto determinado en el cuadro de conciliación, que muestra un saldo de Bs.23.586.-, que fue reconocido y aceptado, librando de responsabilidad a los ex funcionarios del municipio, que fueron observados en los informes de auditoría, motivo del presente proceso