A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 243 a 246, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto, legalmente representado por Olga Durán Uribe, contra el Auto de Vista Nº 164 de 24 de febrero de 2014 de fs. 239 a 241, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de rehabilitación de renta de viudedad instaurado por María Irma Ponce Medina, en calidad de derecho habiente de Arturo Vaca Ortiz, contra la institución recurrente, la respuesta de fs. 252 a 253, el auto que concedió el recurso de fs. 264, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de rehabilitación de renta de viudedad interpuesto por María Irma Ponce Medina, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0006214 de 29 de noviembre de 2011 (fs. 144 a 145), resolvió suspender definitivamente, la Renta Única de Vejez otorgada en favor de María Irma Ponce Medina, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos.
A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs. 184 a 185, que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 00413/13 de 18 de junio de 2013 de fs. 221 a 224 que resolvió confirmar la Resolución Nº 0006214 de 29 de noviembre de 2011
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 243 a 246, interpuesto por el Servicio Nacional del Sistema de Reparto, legalmente representado por Olga Durán Uribe, contra el Auto de Vista Nº 164 de 24 de febrero de 2014 de fs. 239 a 241, pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso de rehabilitación de renta de viudedad instaurado por María Irma Ponce Medina, en calidad de derecho habiente de Arturo Vaca Ortiz, contra la institución recurrente, la respuesta de fs. 252 a 253, el auto que concedió el recurso de fs. 264, los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I: Que dentro del trámite de rehabilitación de renta de viudedad interpuesto por María Irma Ponce Medina, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0006214 de 29 de noviembre de 2011 (fs. 144 a 145), resolvió suspender definitivamente, la Renta Única de Vejez otorgada en favor de María Irma Ponce Medina, en virtud a las razones y fundamentos legales expuestos.
A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs. 184 a 185, que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 00413/13 de 18 de junio de 2013 de fs. 221 a 224 que resolvió confirmar la Resolución Nº 0006214 de 29 de noviembre de 2011
- Auto Supremo Nº 115/2015
- Expediente: SSA.II-SCZ.500/2014
- Distrito: Santa Cruz
- A su vez, el solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la entidad recurrente de fs
- Ante esta determinación, la institución recurrente, interpuso recurso de casación de fs
- En mérito a lo expuesto, solicita se le conceda el recurso de casación por ante
- A su vez, la demandante María Irma Ponce Medina vda
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso, analizando los antecedentes del proceso,
- Con carácter previo, cabe señalar que la seguridad social en Bolivia, cubre no solo la
- Revisados los antecedentes del proceso, se evidencia que la actora, entre otros documentos adjuntó certificado
- Al respecto, si bien el art
- Ahora bien, la entidad recurrente señala que la renta de viudedad que estaba siendo otorgada
- En tal sentido, los arts
- En conclusión, el análisis pormenorizado de los antecedentes descritos, nos lleva al razonamiento y a
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
